Descripción:La Renta Social Garantizada va dirigida a las unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica.
Cuando la Unidad de Convivencia no tenga derecho al IMV o este sea por un importe inferior al baremo (se complementará el IMV)
La pueden pedir:
- Personas entre 18 y 23 años con menores o personas con discapacidad a cargo.
- Personas entre los 23 y 65 años.
- Mayores de 65 años que no reúnen los requisitos para acceder a una prestación de jubilación ni al Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Enlaces:http://www.caib.es/sites/rendasocialgarantida/ca/pagina_de_inicio-86203/