Descripción:Para la realización del trámite telemático es necesario disponer de un certificado con firma digital.
Beneficiarios:
Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que lleven a cabo una actividad económica por la que se ofrezcan bienes o servicios en el mercado, en el que están incluidos, entre otros:
- Los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
- Las empresas de servicios energéticos (ESEs) o proveedores de servicios energéticos.
Actuaciones subvencionables: Se pueden recibir ayudas para las siguientes actuaciones:
- Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
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